El contenido y las posibles consecuencias, tanto para ganaderos como para veterinarios, de las nuevas normativas que regulan la prescripción de medicamentos veterinarios fueron objeto de debate dentro de una jornada formativa organizada por AGACA.
Los profesionales ven con buenos ojos algunos de los apartados, pero están muy preocupados por otros, especialmente en lo relativo a las sanciones a profesionales y las restricciones de uso de algunos medicamentos.El contenido y las posibles consecuencias, tanto para ganaderos como para veterinarios, de las nuevas normativas que regulan la prescripción de medicamentos veterinarios fueron objeto de debate dentro de una jornada formativa organizada por la Asociación Galega de Cooperativas Agroalimentarias (AGACA). Los profesionales ven con buenos ojos algunos de los apartados, pero están muy preocupados por otros, especialmente en lo relativo a las sanciones a profesionales y las restricciones de uso de algunos medicamentos.
Durante la jornada se habló en profundidad del polémico Real Decreto 666/2023. Una norma que regula la distribución, prescripción, dispensación y uso de medicamentos veterinarios. El principal objetivo del RD es adaptar la normativa de España al Reglamento (UE) 2019/6, buscando mejorar la sanidad animal, combatir la resistencia a los antimicrobianos y proteger la salud pública y el medio ambiente.
Lo cierto es que el RD ha generado polémica y ya ha provocado movilizaciones de diferentes colegios veterinarios por toda España. Tras varias reuniones entre el Ministerio de Agricultura y representantes de los profesionales de la sanidad animal, el texto sigue abierto a posibles modificaciones que incluso podrían aplicarse de forma distinta al otorgar competencias en su implementación a las Comunidades Autónomas.
Victorio Collado, técnico de Ganadería de Cooperativas Agro-alimentarias de España, abrió el evento y enumeró los requisitos que deben cumplir las entidades ganaderas —como las cooperativas— que deseen dispensar medicamentos veterinarios, lo que implica una serie de tareas añadidas:
Disponer de una autorización para cada establecimiento de dispensación.
Contar con un farmacéutico responsable.
Presentar una declaración responsable ante la autoridad competente, en la que se definan los objetivos del programa zoosanitario, así como las especies que incluirá y los veterinarios responsables de su ejecución.
Contar con técnicos veterinarios responsables de garantizar el cumplimiento del plan sanitario.
Dispensar medicamentos exclusivamente a sus miembros, bien directamente, o bien a través del suministro al veterinario de la agrupación que aplique el tratamiento en las explotaciones ganaderas correspondientes.
Dispensar únicamente los medicamentos necesarios para el tratamiento de las especies incluidas en el plan sanitario.
Llevar un registro actualizado de sus miembros.
El técnico recordó que el artículo 33 del RD recoge que la prescripción y uso de medicamentos antimicrobianos, la metafilaxis, deberá ir acompañada de una serie de medidas de mejora de la profilaxis y la higiene en la explotación. El objetivo es reducir al máximo en el tiempo el uso de antimicrobianos. Tanto el veterinario como el ganadero serán responsables de esas medidas, que podrán ser verificadas por la administración durante un período de cinco años. Esos medicamentos solo podrán ser usados de forma preventiva en casos muy excepcionales de riesgo de infección colectiva.
El ganadero y el veterinario pasan a asumir la responsabilidad sobre las medidas adoptadas en el plan zoosanitario. (Victorio Collado)
Collado indicó que, en los tratamientos fuera de autorización —en casos en que los medicamentos no estén disponibles o no existan, por tratarse de una patología nueva— los veterinarios tienen diferentes opciones legalmente reconocidas para actuar bajo su responsabilidad (artículos 113 y 115 del RD). En esas situaciones, deberán tener en cuenta los tiempos de espera previstos especialmente para los animales productores de carne y leche.
Los botiquines que los veterinarios portan en su trabajo diario pasan a estar también muy regulados. Su ubicación y su contenido en medicamentos deberá ser comunicado a la autoridad sanitaria en cada momento. Y siempre estará bajo custodia de un veterinario. Solo si se trata de un veterinario de explotación que trabaje en exclusiva podrá figurar la granja como ubicación. En el caso de las cooperativas, donde varios profesionales pueden compartir botiquines según los turnos, las responsabilidades de comunicación son las mismas para todos. Lo que sí se permite es autorizar a un tercero para que recoja el medicamento que luego será incorporado al botiquín.
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